Ordenanza de terrazas de Pamplona (2026)

Horario, tasa por ocupación y requisitos para la autorización de terrazas de hostelería en Pamplona, resumidos de la normativa municipal vigente y con enlace al texto oficial.

Norma vigente

Ordenanza reguladora de la instalación de terrazas y otros elementos asociados a la hostelería y al comercio en la vía pública — Aprobación inicial por el Pleno el 16/11/2012; aprobación definitiva publicada en BON nº 17 de 25/01/2013; modificaciones publicadas en BON nº 116 de 06/06/2014 y BON nº 105 de 02/06/2015 (última modificación, acordada por el Pleno el 07/05/2015, que afectó a los arts. 3, 6, 10, 12 y 13) (BON nº 17 de 25/01/2013 (texto); modificaciones: BON nº 116 de 06/06/2014 y BON nº 105 de 02/06/2015 (anuncio: https://bon.navarra.es/es/anuncio/-/texto/2015/105/11)).

Texto oficial (PDF) ↗Página del ayuntamiento ↗

⏰ Horario de las terrazas en Pamplona

Terrazas de mesas y sillas bajas: en verano (1 mayo-30 septiembre) de 9:00 a 1:00, con 1 hora más sábados, domingos y festivos (hasta las 2:00); resto del año de 9:00 a 24:00, con 2 horas más sábados, domingos y festivos (hasta las 2:00). Resto de terrazas (barriles, taburetes, etc.): lunes a miércoles y domingos hasta las 22:00; jueves, viernes, sábados y vísperas de festivo hasta las 23:00, con 1 hora más del 1 de mayo al 30 de septiembre.

CuándoCierre máximo
Mesas y sillas bajas, 1 mayo-30 septiembre (diario)01:00
Mesas y sillas bajas, 1 mayo-30 septiembre, sábados/domingos/festivos (+1h)02:00
Mesas y sillas bajas, resto del año (diario)24:00
Mesas y sillas bajas, resto del año, sábados/domingos/festivos (+2h)02:00
Resto de terrazas (barriles, taburetes...), lunes-miércoles y domingos22:00
Resto de terrazas, jueves-viernes-sábados y vísperas de festivo23:00
Resto de terrazas, del 1 mayo al 30 septiembre+1 hora sobre los anteriores (23:00/24:00)

Fuente: Artículo 12.1 de la Ordenanza (redacción dada por la modificación aprobada por el Pleno el 07/05/2015, BON nº 105 de 02/06/2015). El Ayuntamiento puede fijar otros horarios en San Fermín y fechas singulares (art. 12.1 in fine). de la ordenanza citada.

💶 Tasa por ocupación con terraza

Ordenanza fiscal nº 20 (tasas por utilización privativa o aprovechamiento especial del suelo, vuelo y subsuelo del dominio público local), Anexo de tarifas, Epígrafe I.1: tarifa anual por m² según 19 'zonas de valor' con 4 subzonas cada una, desde 2,58 €/m²/año (zona 19, subzona 0) hasta 65,23 €/m²/año (zona 01, subzona 3). Tarifa diaria para ocupaciones inferiores al año: 5,83 €/m²/día. Sanfermines (6-14 julio): 65,51 €/m² en zonas de valor 01-06 y 41,69 €/m² en el resto. Recargos: +50% por parasoles, cerramientos, toldos y similares (I.1.4) y +100% por suplementos de calzada (I.1.5), acumulables.

ConceptoImporte
Epígrafe I.1.1 - por m² o fracción al año, zona de valor 01 (subzonas 0 a 3)36,24 / 45,30 / 54,36 / 65,23 €
Epígrafe I.1.1 - por m² o fracción al año, zona de valor 10 (subzonas 0 a 3)23,05 / 28,81 / 34,57 / 41,48 €
Epígrafe I.1.1 - por m² o fracción al año, zona de valor 19 (subzonas 0 a 3)2,58 / 3,23 / 3,88 / 4,65 €
Epígrafe I.1.2 - ampliación/instalación solo Sanfermines (6-14 julio), por m²65,51 € (zonas 01-06) / 41,69 € (resto)
Epígrafe I.1.3 - tarifa diaria para utilizaciones inferiores al año, por m² y día5,83 €
Epígrafe I.1.4 - parasoles, cerramientos, toldos, cortavientos y similares+50% sobre la tarifa I.1.1
Epígrafe I.1.5 - suplementos de calzada+100% sobre la tarifa I.1.1
Ejemplo orientativo — terraza de 10 m², un año: Supuestos: terraza de mesas y sillas de 10 m², autorización anual, en una calle de categoría intermedia (zona de valor 10, subzona 0: 23,05 €/m²/año, tarifas 2026), sin parasoles ni cerramientos (sin recargo del 50%) ni suplemento de calzada (sin recargo del 100%). Cálculo: 10 m² × 23,05 €/m²/año = 230,50 €/año. Para referencia, el mismo caso iría de 25,80 €/año en la zona más barata (zona 19, subzona 0: 10 × 2,58) a 652,30 €/año en la más cara (zona 01, subzona 3: 10 × 65,23).

Fuente: Ordenanza fiscal nº 20, arts. 2.f), 3, 6 y 7 y Anexo de tarifas, Epígrafe I.1 (subepígrafes I.1.1 a I.1.5), ejercicio 2026. Ordenanza fiscal oficial ↗

📋 Requisitos para la autorización

⚠️ Sanciones

Leves

Multa de 60 a 600 € (art. 21.1.a)

Graves

Multa de 601 a 3.000 € y revocación temporal de la licencia (art. 21.1.b)

Muy graves

Multa de 3.001 a 6.000 € y revocación de la licencia (art. 21.1.c). El art. 21.2 prevé un 50% de descuento por pronto pago con renuncia a impugnar.

Nota: Las terrazas se regulan en una ordenanza específica (no en una genérica de aprovechamientos), pero la tasa se exige por la ordenanza fiscal general nº 20 de aprovechamientos especiales del suelo, vuelo y subsuelo (Epígrafe I.1 del anexo de tarifas, ejercicio 2026, actualizado ~2% según nota oficial municipal sobre el proyecto de ordenanzas fiscales 2026, que además menciona una modificación de la tasa de terrazas por actualización del valor de utilidad del suelo por zonas y subzonas). El PDF oficial enlazado en pamplona.es contiene el texto de 2013 sin consolidar las modificaciones de 2014 y 2015; el horario vigente del art. 12.1 (con la distinción mesas y sillas bajas / resto de terrazas) se verificó en el anuncio del BON nº 105 de 02/06/2015 (https://bon.navarra.es/es/anuncio/-/texto/2015/105/11) y coincide con el resumen de horarios publicado en la página oficial municipal y en la sede electrónica (ficha https://sedeelectronica.pamplona.es/FichaTramite.aspx?id=165603VA). La prensa local (Pamplona Actual) publicó que el Ayuntamiento prevé modificar la ordenanza de terrazas en 2026; no se ha localizado confirmación en fuente oficial. Ojo: un resultado de Lexnavarra que aparece como 'ordenanza de terrazas' (descarga.asp?r=5301234) corresponde en realidad al Ayuntamiento de Berrioplano, no a Pamplona.

Datos consultados en fuentes oficiales el 2026-07-06. Campos pendientes de confirmación oficial: Número y fecha del BON de publicación de las tarifas 2026 de la Ordenanza fiscal nº 20 (verificadas solo en el PDF oficial de pamplona.es, no se localizó el anuncio BON concreto), Correspondencia concreta de calles con las 19 'zonas de valor' y 4 subzonas de la tarifa (no se localizó el callejero fiscal en fuente oficial; el ejemplo usa una zona intermedia de la tabla), Posible nueva ordenanza de terrazas en tramitación para 2026: solo consta en prensa (Pamplona Actual), no verificado en fuente oficial, No existen en la ordenanza vigente horarios específicos por 'zonas acústicas' o 'Casco Antiguo' (el Casco Antiguo/Ensanche solo tiene condiciones estéticas, art. 6.4); no se ha verificado ninguna restricción horaria zonal adicional en fuente oficial.Resumen informativo, no asesoramiento jurídico: el texto vinculante es el oficial enlazado arriba.

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